El Gobierno aplica restricciones a la compra de moneda extranjera.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.
El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri.
Los puntos clave de la medida
- Para la adquisición de divisas y transferencias al exterior se deberá contar con la debida autorización por parte del Banco Central de la República Argentina.
- Las personas físicas (individuos) no podrán comprar más de u$s10.000 por mes, ni realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de ese monto.
- No habrá limitaciones para extraer pesos ni dólares de las cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
- Tampoco afectará la compra de divisas para viajes al exterior, ni para compras en el extranjero.
- Las personas jurídicas no tendrán restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. Por otra parte, las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
- Los exportadores deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles, después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
- Los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.
- Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.